(SAN JOSÉ, COSTA RICA, 23 DE AGOSTO, 2017-EL JORNAL). A todos nuestros lectores una disculpa por la ausencia de estos días, debido a una infección respiratoria. No más llegando al consultorio jurídico encuentro la duda de uno de los 18 mil deudores de tarjeta de créditos que tiene el país y son, junto a los acreedores de este dinero plástico, los responsables de que no haya justicia pronta y cumplida en materia cobratoria.
A los deudores se les amenaza con juicios, embargos y otras medidas, a partir de firmar una letra de cambio, un pagaré o por la certificación de un contador público; todos títulos ejecutivos. Lógicamente, no se les explica a los deudores que una cantidad importante de letras de cambio, pagarés o certificaciones se ponen a cobro cuando las deudas están a punto de prescribir o ya están prescritas.
La experiencia me dice que no basta examinar si ese título ejecutivo puede ponerse a cobro (el plazo es de 4 años), sino además analizar si la certificación de contador público llena los requisitos internacionales, si el pagaré o la letra de cambio no está desnaturalizado etc.
Conozco el caso de un deudor de diez millones de colones que un banco lo llamó a realizar un arreglo de pago, él se asustó y cuando llegó a la entidad bancaria, ya no debía ese monto de 10 millones, sino eran 20 millones por capital e intereses moratorios. Si hubiera tenido asistencia legal no hubiera pagado nada, porque la deuda estaba prescrita por negligencia bancaria, pero al realizar el arreglo, la deuda resucitó.
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